Miércoles - 22.Febrero.2012

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Seguro obligatorio de moto

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Al adquirir una moto es obligatorio contratar y mantener una póliza de seguro que proteja a terceros y sus bienes ante posibles daños que se puedan ocasionar con motivo de un accidente.

Estas pólizas de seguro de moto pueden incluir diferentes garantías que protejan a las personas y sus bienes, al propio vehículo o que incluyan servicios complementarios como la recuperación de puntos del carnet o la defensa de multas. 

La única garantía que hay que contratar de manera obligatoria es la de Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria; todas las demás son opcionales y suelen ser comercializadas en paquetes por las Aseguradoras como por ejemplo el Seguro a Terceros o a Todo Riesgo.
 
Es muy importante tener en cuenta que el Seguro Obligatorio no protege al conductor ante posibles daños, y esta garantía no siempre está incluida en la mayoría de Seguros a Terceros, por lo que hay que considerar la contratación de un seguro de Accidentes del Conductor aparte, pues la moto es un vehículo caracterizado por la vulnerabilidad del conductor ante un posible accidente.
 
Este no es el caso de Mutua Madrileña, que en su Seguro a Terceros ofrece, además de la responsabilidad civil obligatoria y la voluntaria, asistencia al conductor del vehículo y a sus otros ocupantes, garantía muy a tener en cuenta pues por lo general son los más afectados en los accidentes. Además también cubren servicios legales como la gestión de sanciones de tráfico y del carnet por puntos.
 
Para más información haz clic aquí:  Seguro de Motos de Mutua Madrileña
Etiquetas: seguros moto
06/08/2010 ir arriba